Reglas de la TÜV para la modificación de motocicletas

Reglas de la TÜV para la modificación de motocicletas

Normativas de la ITV para la modificación de motocicletas

TÜV: reglas y normativas para la modificación de motocicletas. Qué se debe tener en cuenta antes de la modificación, cuáles son las reglas de la ITV (TÜV) para motocicletas y cuál es la mejor manera de proceder

Espejo: 
-Los espejos no requieren homologación
-al menos 60 cm² hasta la primera matriculación en 2003
-mínimo 68 cm² a partir de la primera matriculación en 2003
- Hasta 1990 basta con un espejo en el lado izquierdo; a partir de entonces deben ser dos.

Banco:
- Los bancos no requieren homologación
- El número de plazas es obligatorio inscribirlo en la documentación
- Un asiento doble debe tener una longitud mínima de 600 mm
-hasta una longitud de 650 mm debe disponerse de una sujeción
-un asiento individual debe tener una longitud mínima de 300 mm

Manillar:
- Los manillares deben homologarse o disponer de una certificación ABE
-Lenker müssen geprüfte Teile sein
- Los manillares del sector off-road sin certificación / ABE no están permitidos
-la altura de las empuñaduras sobre el asiento debe ser de máx. 500 mm 
-el manillar no debe pellar los dedos (por ejemplo, contra el depósito)
-Permite perforaciones para fijar la grifería
-Permite perforaciones entre las abrazaderas para el tendido de cables

Kennzeichenhalter:
- Los soportes para matrícula situados en el centro del vehículo no requieren homologación
- Los soportes laterales para matrícula requieren homologación
Ein Kennzeichen muss bei belastetem Fahrzeug min. 300 mm mit der Unterkante von der Fahrbahn entfernt sein, jedoch mit der Oberkante nicht mehr als 1200 mm. Es darf eine Neigung von max. 30 Grad aufweisen. Speziell bei einem seitlichen Kennzeichenhalter ist zu beachten, dass dieses von hinten in einem Winkel von 30° lesbar ist. 

Radabdeckung:
-Las cubiertas de ruedas (guardabarros) no están sujetas a registro obligatorio
-Según el STVZO, para las motocicletas se aplica una normativa para el guardabarros trasero de 150 mm por encima 
 del centro del eje y una cobertura completa de la superficie de rodadura
-para motocicletas con homologación de la CE no se exige un guardabarros específico
-una cubierta de rueda recortada también es teóricamente posible si no se trata de una homologación ABE de la UE, pero en última instancia es 
 es una cuestión de interpretación del inspector. Por lo general, se aceptan guardabarros traseros que cubran hasta la mitad superior de la rueda.
Atención: La matrícula no se considera un elemento de cobertura. Se deben respetar las normas de montaje para los catadióptricos y las luces posteriores.

Luces y sistema de señalización:
Los faros, los pilotos traseros y los intermitentes no requieren homologación. Todos los faros y pilotos traseros deben llevar una marca de homologación: el símbolo de la "ola" o la marca E. Todos los intermitentes deben contar con una marca de homologación que los identifique específicamente como tales. Se trata de la R50 y el número 11 para los componentes que emiten luz hacia adelante, o el 12 para los que emiten luz hacia atrás. Los faros amarillos (a excepción de los faros antiniebla) no están permitidos en Alemania. 

Standlicht:
-No requiere inscripción
-obligatorio según las normas de la CE, no según el StVZO
-según la CE también se admiten 2
-según CE, colocación simétrica con respecto al eje longitudinal del vehículo; según StVZO, solo en el faro
-nach EG in der Höhe 350mm - 1.200 mm, nach StVZO bis 1.500 mm

Luz de cruce / Luz de carretera:
- no requiere inscripción
-Requerido al menos 1 faro
- en el caso de un faro, la instalación debe corresponder a la línea media longitudinal del vehículo
-Los faros dobles están permitidos por norma general
-en el caso de 2 faros, la distancia máxima entre ellos es de 200mm 
-el montaje debe ser simétrico con respecto al eje longitudinal central del vehículo
-Altura de los faros 500 – 1.200 mm
-con luz de carretera es obligatoria la luz de control azul (CE); según la StVZO, también se permite un indicador  
 permitido según la posición del interruptor

Faros antiniebla:
- no requiere registro
-Cantidad según STVZO 1 máx. a 250 mm del eje longitudinal del vehículo, también permitida en defensas de motor
-según la CE, también se admiten 2, simétricos respecto al eje longitudinal del vehículo
-en altura máx. igual que la luz de cruce
-Las luces antiniebla solo deben funcionar conjuntamente con la luz de cruce
-Los faros antiniebla deben contar con un marcado de homologación ECE
-Se permiten las luces antiniebla amarillas

Indicador de dirección:
-No sujeto a registro
-obligatorio, según la StVZO a partir de la primera matriculación el 01/01/1962 4 unidades
-Marcado frontal: 1, 1a, 1b, 11
- Marcado posterior: 2a, 2b, 12
-en anchura según EG delante 240 mm, detrás 180 mm, según StVZO delante 340 mm, detrás  
 240 mm 
-en altura: 350 – 1.200 mm
- Intermitentes para los extremos del manillar ("ojos de buey") entre sí 560 mm
-Intermitentes tipo "ojo de buey" para vehículos con primera matriculación a partir del 01/01/1987 solo permitidos en combinación con intermitentes traseros adicionales
-Control de encendido obligatorio según la CE, permitido según el StVZO

Luz de freno:
-no requiere inscripción
-prescrito según la CE, también se admiten 2
-obligatorio según la StVZO solo a partir de la primera matriculación el 01/01/1988 cantidad 1
-Anbaulage: mittig
-in der Höhe: Unterkante min. 250 mm (nach StVZO min. 350 mm), Oberkante max. 1.500 mm

Luz trasera:
-no sujeto a registro
-prescrito; cantidad 1 o 2
-Posición de montaje: centro
-en altura mín. 250 mm, máx. 1500 mm
-Distancia máxima al final del vehículo 300mm

Kennzeichenleuchte:
- No requiere registro
- obligatorio detrás

Catadióptrico:
-No requiere inscripción
-prescrito, no triangular
-en altura mín. 250 mm, máx. 900 mm
-si está integrado en la luz trasera, no se necesita un catadióptrico adicional

Filtro de aire (filtro de aire individual):
-requieren inscripción
-Por lo general, se requiere una medición de rendimiento y de ruido
-No hay certificado de homologación disponible para este producto, la homologación debe realizarse mediante inspección individual
- A partir del año de primera matriculación (Ez) 1989 se requiere un dictamen de emisiones de escape. Teóricamente es posible, debido a  
 los costes extremadamente altos no lo hacen práctico. 
La homologación e inscripción de los filtros individuales (K&N o DNA) se puede realizar mediante una inspección individual. Los requisitos para ello dependen de la entidad de inspección correspondiente y pueden variar notablemente tanto en complejidad como en costes. Por lo general, se requiere una medición de potencia y de ruido. Para esto, es imprescindible contar con un vehículo apto para circular y que cumpla con los demás requisitos para su homologación. 

Auspuffanlagen:
- Requieren homologación o deben contar con una ABE (autorización general de circulación)
-Los sistemas con homologación CE (EG-ABE) cuentan con un troquelado con el número E (una "E" mayúscula con un número dentro de un cuadrado); no es necesario llevar la documentación encima. 
- En el caso de los equipos con ABE (homologación general de servicio), esta debe llevarse siempre consigo 
Los proyectos de fabricación propia están sujetos a homologación; por lo general, se requieren mediciones de potencia y de ruido. Para los vehículos matriculados por primera vez a partir de 1989, se exige un informe de emisiones de escape. Esto es teóricamente posible, pero en la práctica no lo es debido a los elevados costes. 
El registro de sistemas de escape sin ABE (homologación general de puesta en circulación) o certificado de conformidad puede realizarse mediante una homologación individual. Los requisitos para ello dependen del centro de inspección correspondiente y pueden variar enormemente tanto en complejidad como en costes. Por lo general, se requiere una medición de potencia y de ruido. Para ello, es necesario que el vehículo esté listo para circular y en un estado adecuado para su homologación. 

Límites de ruido de rodadura:
EZ hasta 13.09.53 90 Phon 
20.05.56 87 Phon 
31.12.56 84 Phon 
12.09.66 82 Phon 
30.09.83 84 dB(A)N 
30.09.90 82 dB(A)N 
30.09.95 82 dB(A)N
a partir del 01/10/95 80 dB(A)N 
El ruido en parado es solo un valor de comparación y no está sujeto a ninguna restricción.

Chasis/Subchasis:
-Las modificaciones siempre deben estar registradas
-Los subchasis traseros deberían disponer de una certificación de homologación de piezas (Teilegutachten)
- Las construcciones propias sin un dictamen oficial según el §19.2 o §19.3 son, por lo general, 
 no apto para matriculación 
-El acortamiento o la modificación de un bastidor/subchasis puede, en determinadas circunstancias, mediante 
 se debe registrar una homologación individual (dependiendo del ingeniero de inspección)

Sistema de frenos:
- Las modificaciones deben ser registradas
-Los latiguillos de freno requieren homologación o deben disponer de una ABE (autorización general de circulación)
-Los discos de freno están sujetos a homologación o deben contar con un ABE
-Los forros de freno deben contar con una homologación nacional (n.º KBA) o internacional (CEE o ECE—
-Kennzeichnung) Zulassung besitzen
-al instalar componentes de freno originales de otro vehículo, el 
 Requiere ingeniero inspector. Incluye la certificación de piezas del vehículo original. En este caso, se puede realizar una homologación mediante inspección individual; los requisitos para ello dependen de la entidad de inspección correspondiente y pueden variar considerablemente tanto en términos de esfuerzo como de costes.

Neumáticos:
- Las modificaciones están sujetas a registro obligatorio
-si se dispone de un certificado de conformidad del fabricante, el registro es 
 por lo general, sencilla a través del TÜV
Para las modificaciones de neumáticos para las que no exista un certificado de homologación, se requiere la aprobación individual. Tenga en cuenta las siguientes reglas:
-El tamaño del neumático debe coincidir con el tamaño de la llanta. Por lo general, los fabricantes de neumáticos indican en 
 sus tablas técnicas qué dimensiones de llanta se requieren para el neumático en cuestión 
 werden.
-El índice de velocidad de los neumáticos debe ser al menos 10 km/h superior al indicado en los 
 velocidad máxima indicada en los documentos.
-Se aplica una excepción para los neumáticos M&S. Estos neumáticos de invierno son para un máximo de 160 km/h 
 homologados y también se pueden montar en vehículos cuyo 
 velocidad máxima sea superior. Se debe colocar una etiqueta de «Máx. 160 km/h» en el velocímetro 
 se puede colocar (adhesivo).  
-Debe garantizarse el espacio libre de los neumáticos. En este caso partimos de 
un distanciamiento mínimo de los componentes del vehículo lateralmente con respecto al neumático de 5 mm. Longitudinalmente 
hay que tener en cuenta que el neumático se dilata a altas velocidades. En este caso, garantizamos una distancia mínima de 10 mm.
Diese Punkte stellt aber keine Garantie da, dass eure TÜV-Stelle vor Ort eure Reifen einträgt. Also besser vor der Montage mit den Leuten absprechen.

Soporte lateral/caballete central:
-no requieren homologación
-Debe disponer de un caballete lateral y/o un caballete central
- No debe ser posible emprender la marcha con el caballete desplegado

Reposapiés:
-deben registrarse o disponer de una ABE (Homologación General de Tipo)
-la cantidad debe corresponder al número de asientos (2 por asiento)

Sistemas de transporte, maletas, portaequipajes:
-no requieren homologación.
-la instalación no debe influir en piezas relevantes para la homologación o la seguridad

Piezas de carenado:
-requieren inscripción
-si no se dispone de un certificado de homologación de piezas, es ventajoso presentar al menos un certificado del material 
 poseer
- En el caso de las piezas originales, se realiza una comprobación de piezas del vehículo original
In beiden Fällen kann eine Eintragung per Einzelabnahme erfolgen, die Anforderungen hierfür sind von der jeweiligen Prüfstelle abhängig und können sowohl vom Aufwand wie auch von den Kosten sehr unterschiedlich sein. 

En principio 
Lo ideal es hablar con el ingeniero de inspección antes de la modificación. 
Por suerte, hay muchos ingenieros de inspección técnica (TÜV) que tienen una gran afinidad por las motocicletas y cuentan con la competencia necesaria para evaluar este tipo de modificaciones y, finalmente, aprobarlas. ¡Necesitáis a un inspector así!
Es gibt aber auch Prüfer, die diese Verantwortung nicht übernehmen wollen und ohne ein Gutachten oder eine Unbedenklichkeitsbescheinigung keinerlei Eintragungen vornehmen wollen. Wenn es sich bei dem Fahrzeug um eine 300km/h schnelle S1000RR handelt, kann man dafür ein gewisses Verständnis aufbringen. Sollte Ihr an einen solchen Prüfingenieur kommen würde ich euch empfehlen abzubrechen und bei einer andere TÜV Stelle vorsprechen.